Marco de Programas

Programas Sociales priorizados en el PGN

El Gabinete Social coordina junto con el Ministerio de Hacienda la labor de concretar y asegurar que el Presupuesto de Gastos de la Nación (PGN) refleje en términos de inversión, las prioridades y lineamientos de la Política Social y el Plan Nacional de Desarrollo 2030 (PND). 

El Gobierno Nacional estructura la Política Social en torno al análisis de los derechos vulnerados de la población que se encuentra en situación de pobreza y pobreza extrema y utiliza, además, la herramienta que refleja la voluntad política de encarar el Desarrollo Social Inclusivo, el Presupuesto de Gastos de la Nación (PGN).
 
En lo que respecta a la Política Social, desde el 2010 se vienen articulando mecanismos presupuestarios para la priorización de Gastos Sociales y asegurar así, los recursos financieros para la ejecución de los programas y proyectos de la Política Social.
 
En los años 2011 y 2012 se incorporaron artículos específicos en los respectivos Decretos Reglamentarios de las Leyes que aprobaron los PGN con lo cual se aseguraba nuevamente la priorización de los Gastos Sociales, considerados como inversión social.
 
En el 2013 se introdujeron mejoras específicas en materia de reglamentación presupuestaria y financiera en el marco del Decreto N° 10.480/2013 que reglamentó la Ley del PGN 2013. En los Art. 49 y 60 del mencionado decreto se estableció que los créditos presupuestarios asignados para los programas sociales prioritarios, señalados por el Gabinete Social de la Presidencia de la República, no podrán ser disminuidos para financiar otros programas o proyectos. A este proceso se denominó blindaje presupuestario. El mismo que se sigue implementando todos los años.
 
En el 2014, se planteó la necesidad de cambio de modelo de matriz presupuestaria con el propósito de optimizar los recursos del Estado, lograr una mayor coherencia entre la planificación y la asignación de los recursos.
 
El proceso fue impulsado por el Ministerio de Hacienda, la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) y la Unidad Técnica del Gabinete Social.  

El Decreto N° 1.100, de fecha 13 de enero de 2014,  establece que “Los créditos presupuestarios asignados para los programas sociales prioritarios definidos por el Gabinete Social de la Presidencia de la República, tal como el Programa Nacional de Reducción de Pobreza, en el marco de Protección Social, no podrán ser disminuidos ni reorientados para financiar otros programas o proyectos.
 
La dinámica establece que, para alcanzar dicho objetivo, el Equipo Ejecutivo del Gabinete Social debe remitir al MH, a más tardar el 15 de enero de 2014, la lista de programas, subprogramas y/o proyectos prioritarios de acuerdo a la estructura presupuestaria aprobada en la Ley Nº 5142/2014”.
 
En el 2015,  para el ejercicio fiscal del año se asegura nuevamente la inversión social prioritaria a través del Decreto Nº 2929/2015 “Por el cual se Reglamenta la Ley Nº 5386/2015 “Que aprueba el PGN para el Ejercicio Fiscal 2015”, específicamente en el Artículo 55: “Programas y Objetos del Gasto que no podrán ser disminuidos, mencionando concretamente al Programa Nacional de Reducción de la Pobreza y los de Protección Social.
 
En el 2016, el Gabinete Social de la Presidencia de la República, a través de su Unidad Técnica, junto con el Ministerio de Hacienda y la Secretaría Técnica del Planificación para el Desarrollo Económico y Social (STP), elaboran un capítulo específico relacionado a los Gastos Sociales del Gobierno para el año 2016.
 
Para el ejercicio fiscal PGN2016, según Resolución CG N°3/2016, el Equipo Ejecutivo del Gabinete Social remite al ministerio de Hacienda “las metas de productos de los programas, subprogramas y proyectos institucionales para las prioridades del Gobierno en el área social, correspondiente al ejercicio Fiscal 2016”.

A dicha Resolución, se adjuntó la lista de 42 subprogramas de 24 instituciones, considerados como de prioridad nacional dentro de la Política Pública en materia social. Cada institución expone como Programa, los ejes estratégicos (estrategias) mencionados en el Plan Nacional de Desarrollo 2030. En tanto como Subprograma, se expresa el nombre del Programa presupuestario, que es el nombre con el cual se le reconoce al Programa Social y cada programa presupuestario tiene asignados productos.